Conoce tus derechos
La violencia doméstica y/o sexual son crimenes en el estado de Washington. Hay varias provisiones en la ley que protegen a las víctimas sin importar su estatus.
Aquí en MiA, sabemos que muchos inmigrantes que sufren violencia doméstica no se sienten seguros/as/es buscando apoyo. De hecho, en los casos de sobrevivientes inmigrantes, una de las barreras más grandes para pedir ayuda es el miedo de deportación. Si no tienes documentos, es posible que tu pareja esté al tanto y puede que use esa información para mantenerte bajo su poder y control.
Independientemente de tu estado migratorio, sepa que hay esperanza y que hay opciones disponibles para apoyarte y mantenerte a salvo. Antes de tomar medidas, puede ser útil conocer sus derechos, buscar el consejo de un abogado que se especialice en el tipo de asistencia de inmigración que necesitas e investigar cómo el departamento de policia ha manejado casos que involucran a inmigrantes indocumentados/as/es que han sido víctimas de delitos en el pasado.
Conoce Tus Derechos
Al momento de hacer el reporte policial, recibira una declaración escrita de los derechos de las víctimas de crimenes, incluyendo el nombre, la dirección y el número de teléfono de los programas de víctimas/testigos de delitos del condado o local, si hay uno disponible en su área. (RCW 7.69.030).
Ser informado/a/e de la disposición final del caso. (RCW 7.69.030).
Ser informado/a/e de los cambios en las fechas de audiencia a las que ha sido citado/a/e. (RCW 7.69.030).
Recibir protección contra daños o amenazas de daño que surjan de la cooperación con las autoridades y los esfuerzos de enjuiciamiento. (RCW 7.69.030).
Ser informado/a/e del procedimiento a seguir para solicitar y recibir los honorarios de testigos a los que tenga derecho. (RCW 7.69.030).
Que se le proporcione, siempre que sea práctico, una zona de espera segura durante los procedimientos judiciales que no requiera que usted esté muy cerca de los acusados y de sus familiares o amigos. (RCW 7.69.030).
A que se le devuelva cualquier propiedad personal o robada lo antes posible después de la finalización del caso. (RCW 7.69.030).
Contar con la intercesión adecuada del empleador en caso de ausencia del trabajo para comparecencias ante el tribunal. (RCW 7.69.030).
A que se le proporcione acceso a asistencia médica sin demoras injustificadas. (RCW 7.69.030).
Tener, siempre que sea práctico, un defensor/a/e o intercesor/a/e de víctimas presente en las entrevistas de la fiscalía o la defensa y en los procedimientos judiciales. (RCW 7.69.030).
Estar presente en el tribunal durante el juicio, o si es citado/a/e a testificar, programarlo tan pronto como sea posible en el proceso para estar presente durante el juicio después de testificar. (RCW 7.69.030).
A ser informado/a/e de la fecha, hora y lugar de la audiencia de sentencia por delitos graves cuando lo solicite. (RCW 7.69.030).
Presentar una declaración de impacto en la víctima, que se incluirá en todos los informes previos a la sentencia y se incluirá permanentemente en los archivos y registros del infractor. (RCW 7.69.030).
Presentar una declaración de impacto de víctima personalmente o por representación, en audiencias de sentencia por delitos graves. (RCW 7.69.030).
A que se ordene la restitución cuando exista condena por delito grave, incluso si el delincuente está encarcelado, a menos que existan circunstancias extraordinarias. (RCW 7.69.030).
Presentar una declaración personalmente, por escrito, mediante audio/vídeo o por representación, en cualquier audiencia sobre una solicitud de indulto o conmutación de pena. (RCW 7.69.030).
Acceder un intérprete profesional, si no hablas inglés o no lo dominas bien, cuando recibas atención médica o acudas al sistema judicial (eje. policia, corte). Todas las agencias que reciban fondos federales deben de proporcionar este servicio por ley. (Titulo VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964.)
A someter una Orden de Protección Civil en las cortes (RCW 7.105)
A recibir atención médica de emergencia sin importar tu abilidad de pagar los gastos. (RCW 70.170.060)
A someter una Solicitud de beneficios para víctimas de crimenes con el departamento de Labor e Industrias del Estado de Washington siempre y cuando seas elegible.
Tienes derecho a acudir a un refugio y obetener vivienda a corto plazo. (RCW 70.123.070)